Bonificaciones de cuota a las que tienen acceso los profesionales con la reforma de la Ley de Autónomos
Cuatro son las principales bonificaciones de cuota que podrán disfrutar los trabajadores por cuenta propia con las modificaciones que se han realizado en la Ley de Autónomos. Es cierto que aún hay mucho que avanzar para llegar a una situación óptima para estos profesionales pero no está de más tener en cuenta y reconocer los pequeños –grandes– logros que se van consiguiendo. Toda mejora merece ser valorada en positivo y por ello en este post recopilamos los cambios que se traducirán en mejoras de la economía de los trabajadores inscritos en el RETA.
1. Ampliación de la tarifa plana de 50 euros.
A partir de ahora quienes se den de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos podrán aprovecharse de esa cuota reducida durante los primeros 12 meses de actividad –antes era solo para los seis meses iniciales. Otra de las cláusulas que cambian en relación a la tarifa plana es que es posible acceder a esta bonificación siempre y cuando no se haya estado dado de alta en el RETA durante los dos años anteriores, cuando antes el plazo era mucho mayor –cinco años– y eso dejaba a mucha gente fuera de esta medida.
Esos 50 euros a abonar será únicamente para los nuevos autónomos que opten por la base de cotización mínima. Aquellos que decidan optar por otras más altas disfrutarán de una reducción del 80% en la cuota durante los 12 primeros meses de actividad. Pasado el año, la tarifa aumenta cada seis meses hasta que en dos años se alcance la tarifa completa, sin bonificación ninguna.
2. Bonificación del 100% en la cuota de autónomos para permisos de maternidad y paternidad
Maternidad, paternidad, guarda,a opción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. En todos estos casos, los titulares tienen derecho a una bonificación del 100% en la cuota de autónomos.
3. Medidas para situaciones de pluriactividad
Quienes compaginen su desempeño como autónomos con un trabajo por cuenta ajena van a tener derecho a a la devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones. A la hora de rendir cuentas a Hacienda más de uno y de una se llevará una grata sorpresa, seguro.
4. Mejoras en las bonificaciones por contratación de familiares
Bonificación del 100% durante el primer año en la base de cotización por contingencias comunes para aquellos usuarios que contraten a un familiar. Si este fuera autónomo y existiera colaboración profesional en firme, se mantiene una bonificación que ya existía. La principal novedad a este respecto radica en que se va a considerar como ‘familiar’ a las parejas de hecho que convivan juntas.